Bases legales sorteo 

“4.000 followers Instagram”

 

MA BAKER & COMPANY BREAD MAKING SOLUTIONS, S.L. – CIF B-87884128

Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid con los siguientes datos registrales: Tomo 37128, Folio 1. Sección 8. Hoja M-662695.

DOMICILIO SOCIAL: Ctra. De la Granja nº8. 28400 Collado Villalba. Madrid. España (en adelante “el ORGANIZADOR”), llevará a cabo un Sorteo denominado “4.000 followers Instagram” (en adelante, “el SORTEO”) y que se desarrollará de conformidad con lo establecido en las presentes bases, en el canal oficial de MaBAKER® España (https://www.instagram.com/mabakercompany/?hl=es).

 

1.- Ámbito territorial y temporal de la promoción.

1.1 El SORTEO se desarrollará dentro del territorio Español.

1.2. El PERÍODO DE PARTICIPACION queda fijado desde las 10:00 horas del día 26 de octubre de 2021 hasta las 23:59 horas del día 31 de octubre de 2021.

 

2.- Participación.

2.1. Estará legitimada para participar en el Sorteo, cualquier persona física mayor de 18 años residente legal en España entendida como consumidor final (en lo sucesivo, el/los “participante/s” o “Usuario/s”), que cumpla con todos los requisitos establecidos en las presentes bases, y que participen en la promoción creada en https://www.instagram.com/mabakercompany/?hl=es, (en adelante, “el canal” ) y comunicada a través de las plataformas de MaBAKER® y según el procedimiento establecido en las presentes bases.

EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de solicitar a los participantes un documento que acredite su edad y residencia legal.

2.2. No podrán participar en la promoción el personal empleado de MaBAKER®, así como sus familiares directos hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.

2.3. En el supuesto de que resultara ganadora alguna de las personas excluidas de participación, ésta perderá su derecho a obtener el premio, procediéndose a entregar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones de participación válida de entre los suplentes designados.

2.4. La participación estará sujeta a la previa identificación en Instagram.

2.5. El participante sólo se podrá identificar con un único perfil de usuario.

 

3.- Gratuidad.

3.1. Este Sorteo es gratuito para el consumidor y no implica en sí mismo un incremento del precio de los productos y/o servicios que participan en la promoción.

 

4.- Mecánica del concurso.

4.1. Las personas interesadas en participar en el SORTEO deberán dar like a la publicación del sorteo, seguir al perfil de @mabakercompany, además de mencionar a la persona con la que te gustaría compartir el regalo.

4.1.1 No será obligatorio para la participación en el sorteo subir fotos en stories ni mencionar en ninguna publicación al perfil de MaBAKER® España (@mabakercompany) ni supondrá un incremento de posibilidades de ganar dicho sorteo.

4.2. Una vez finalizado el Periodo de Participación, de entre todas las participaciones válidas, se elegirá 1 ganador por medio de la herramienta App Sorteos de forma aleatoria. Los ganadores serán comunicados el 3 de noviembre de 2021 a través del Instagram de EL ORGANIZADOR.

4.3. Del mismo modo se designarán DOS (2) suplentes para el caso de que sea imposible la entrega del premio al ganador elegido en primera instancia.

4.4. No serán admitidas en el SORTEO y por tanto eliminadas del mismo las participaciones que no cumplan con los requisitos exigidos en las Bases, o los datos proporcionados para participar no fueran válidos, su participación se considerará nula y quedarán automáticamente excluidos del Sorteo perdiendo todo derecho sobre los premios otorgados.

4.5. La participación en el sorteo supone la aceptación expresa y sin reservas de las presentes bases.

 

5.- Premios y Fiscalidad.

5.1. El premio del SORTEO es el siguiente:

2 Tabla-Rebanadoras recogemigas de bambú plegable para cortar pan, con guía ajustable para cortar las rebanadas de forma uniforme y con facilidad. Certificado BIO EU. Marca Maison&White para edición MaBAKER® valorada en 24,95€, (una para el ganador del sorteo y otra para la persona mencionada por él en el comentario ganador).

5.2. Los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en concursos, juegos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios, están sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Física.

 

En virtud de la normativa vigente*, cuando el valor del premio es igual o superior a 300€, el organizador realizará en nombre del agraciado la retención o ingreso a cuenta correspondiente.

 

*Ley 35/2006 de 28 de Noviembre, Capítulo II, Sección 4ª en la que se regulan las Ganancias y Pérdidas Patrimoniales, y los artículos 74 a 76 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, en el que se regulan las Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta y los Obligados a practicarlas, concretamente el artículo 75.3.f) del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007.

 

Para poder ser entregado el premio por parte del ORGANIZADOR, previamente deberá firmar el ganador una carta de aceptación del premio, autorizando al ORGANIZADOR a efectuar en su nombre la correspondiente retención e ingreso a cuenta a que les obligan las disposiciones legales vigentes.

 

A tal efecto, el ganador deberá facilitar al ORGANIZADOR, en el plazo máximo de 5 días naturales desde que sea requerido para ello, todos los datos personales y fiscales que éste le solicite, así como fotocopia del DNI, con el fin de que el ORGANIZADOR pueda llevar a cabo el ingreso de esta retención, en caso contrario, se entenderá que renuncia al premio.

 

6.- Comunicación del ganador.

6.1 EL ORGANIZADOR comunicará al ganador en el plazo de TRES (3) días naturales siguientes a la fecha de la designación del/los ganador/es por la herramienta App Sorteos, su condición de agraciado en el sorteo. La comunicación se llevará a cabo por el medio de contacto que le conste al ORGANIZADOR en el registro de participación como es el usuario de instagram, consintiendo también los participantes que el correo electrónico sea el medio de comunicación preferente con el ORGANIZADOR, por lo tanto, es plenamente válido y eficaz. Por lo tanto, el Usuario deberá garantizar la disponibilidad de dichas vías de comunicación. A este respecto, no podrán justificar su ausencia de respuesta en la falta de acceso a su cuenta de instagram o correo electrónico. Tampoco podrán oponer la falta de recepción del correo electrónico, cuando al remitente del correo electrónico le conste que ha sido enviado adecuadamente con acuse de entrega del mismo.

En caso de no contactarse con el ganador, o que el mismo rechace el premio, se pasará al primer suplente, y así sucesivamente, hasta haber agotado el número de reservas.

6.2 Una vez contactado el ganador se le solicitará y habrá de entregar obligatoriamente toda la información necesaria para la entrega de su premio, como ticket o recibo de compra original, copia del documento de identificación del usuario, residencia, documento de aceptación del premio, y los que pudieran considerarse precisos para las comprobaciones oportunas.

A su vez, el ganador deberá aceptar por escrito contestando al correo electrónico que se le haya dirigido y proceder al envío o presentación de la documentación a través de medio que le sea indicado por EL ORGANIZADOR, en el plazo de los CINCO (5) días naturales siguientes desde la notificación del premio. En el caso de no recibirse la aceptación escrita, ni la documentación e información solicitada en dicho plazo, se entenderá que el ganador renuncia al premio, y EL ORGANIZADOR podrá hacer entrega del mismo al primer reserva, con quien se seguirá el mismo procedimiento, y así sucesivamente en caso de que cada reserva no cumpliese con lo establecido en las presentes bases.

6.3 La aceptación del premio deberá ser pura y simple, por escrito y en las condiciones y forma en las presentes bases establecidas. Toda actuación o comunicación de renuncia al premio por parte del ganador no le dará ningún derecho de indemnización o compensación

6.4. Aceptado el Premio de conformidad con lo anterior, el ORGANIZADOR se pondrá en contacto con el ganador en el plazo de 72 horas a contar desde la fecha de la recepción de la comunicación de la aceptación expresa con el objeto de informarle de los pasos a seguir para la entrega del premio.

6.5. Si en el plazo establecido en el apartado 6.1. no se hubiera podido contactar con el ganador o, en su caso, con el suplente correspondiente, el premio podrá declararse desierto y por tanto en manos del ORGANIZADOR.

6.6. Los ganadores podrán renunciar al premio, pero en ningún caso podrá canjearlo por otro distinto ni por su importe en metálico.

6.7. Todos los premios serán entregados en un plazo aproximado de 15 días desde su comunicación a los ganadores.

 

7.- Reservas y limitaciones.

7.1. El ORGANIZADOR queda exonerado de toda responsabilidad en caso de existir algún error en los datos facilitados por los propios participantes que impidieran su identificación.

7.2. Se entenderá, a título enunciativo pero no limitativo, que se produce abuso o fraude, cuando un participante rellene el formulario utilizando una identidad falsa o identidades de terceros sin su consentimiento.

7.3. El ORGANIZADOR no se responsabiliza de posibles pérdidas, deterioros, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que pudieran afectar a la participación en el presente SORTEO, tales como mal funcionamiento de las redes de comunicación electrónica, etc..

7.4. El ORGANIZADOR no se responsabiliza de posibles contenidos inapropiados u ofensivos, que los usuarios por su cuenta y riesgo pudieran haber efectuado en cualquier soporte del Sorteo.

7.5. La constatación de cualquiera de estas circunstancias durante el SORTEO supondrá la descalificación automática y la prohibición de participar en el concurso así como la pérdida del premio si se le hubiere otorgado en su caso. Para poder recibir el premio, el agraciado, o en su caso los reservas de tener que recurrirse a ellos, deberán reunir la totalidad de los requisitos establecidos en las presentes Bases, particularmente habrán de acreditar su mayoría de edad y residencia legal.

7.6. La adjudicación del Premio es personal e intransferible.

7.7. La indicación de los datos personales del ganador tendrá carácter obligatorio para la gestión del Premio. Cualquier comunicación falsa de datos personales dará derecho a los organizadores del presente SORTEO a descalificar al ganador y poder disponer del correspondiente premio.

7.8. EL ORGANIZADOR informa que no realiza comprobaciones sobre la veracidad de los datos, por lo que se atenderá, en cada caso, a los datos introducidos por participante, sean veraces o no, y no responderá de las consecuencias de dichas falsedades o inexactitudes.

7.9. El ORGANIZADOR se reserva el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen fin del SORTEO cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarla a término en la forma en que recogen las presentes bases.

 

8.- Consentimiento, Derechos de Imagen y Comunicaciones Comerciales.

8.1. Mediante su participación en la Promoción los Participantes manifiestan y consienten: (i) aceptar las presentes Bases; (ii) reunir todos los requisitos necesarios a los efectos aquí previstos; (iii) que la información y/o los datos facilitados en el marco del Sorteo son veraces y exactos; (iv) contar con todas las autorizaciones y licencias necesarias por escrito, conforme a lo establecido en estas Bases, y/o ser titulares de todos los derechos (incluyendo, sin limitación alguna, los derechos de propiedad intelectual o industrial, al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen o de cualquier otra naturaleza), pudiendo EL ORGANIZADOR publicar la imagen y el nombre del perfil público de Instagram de la persona que haya resultado ganadora de la Promoción a través del medio de comunicación que EL ORGANIZADOR –sin carácter limitativo- considere. A tales efectos, el ganador al aceptar el premio autoriza automáticamente a EL ORGANIZADOR para publicar sus datos públicos de su perfil de Instagram con la finalidad de dar a conocer a los restantes participantes y público en general quién han sido la persona ganadora.

8.2. El usuario que participa asume expresamente cualquier responsabilidad contraída con terceros por la realización y publicación de la fotografía y/o texto para participar en el sorteo, en especial en lo relacionado con los derechos de propiedad intelectual y/o derechos de imagen que pudieran corresponderles a terceras personas que aparecieran en los textos o en la fotografía sin su expreso consentimiento, eximiendo en todos los casos al ORGANIZADOR así como las empresas colaboradoras de cualquier reclamación al respecto.

 

9.- Protección de datos.

9.1. Los datos de los participantes en el SORTEO se tratarán conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de Abril de 2016.

9.2. Responsable: Los datos facilitados al participar en el Sorteo serán tratados por MA BAKER & COMPANY BREAD MAKING SOLUTIONS, S.L.

9.3. Finalidad: La finalidad del tratamiento es la promoción de los productos y servicios de MA BAKER & COMPANY BREAD MAKING SOLUTIONS, S.L.

A estos efectos, mediante su participación en el Sorteo, el participante consiente de manera expresa el tratamiento de sus datos con dicha finalidad de remitirle información comercial y publicitaria, de carácter general o adaptados a sus características personales de acuerdo a sus intereses, mediante la elaboración de un perfil comercial en base a la información facilitada y mediante tratamientos automatizados, sobre los productos y servicios de MA BAKER & COMPANY BREAD MAKING SOLUTIONS, S.L., por vía postal, correo electrónico, SMS, o cualquier otro medio de comunicación electrónica equivalente.

Adicionalmente, sus datos serán utilizados al objeto de gestionar su participación en el Sorteo.

Sus datos personales se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener la finalidad del tratamiento, o cuando usted ejerza el derecho de supresión, cancelación u oposición de los mismos.

9.4. Legitimación: La legitimación para el tratamiento de sus datos es la participación en la Promoción que comporta su consentimiento expreso otorgado para las finalidades indicadas. El participante podrá revocar el consentimiento prestado en cualquier momento, sin necesidad de justificar su decisión, bastando comunicarlo a MaBAKER®. En todo caso, queda informado que la revocación de su consentimiento durante la realización del concurso comportará la imposibilidad de seguir participando en el mismo.

9.5. Destinatarios: No se prevén cesiones de datos a terceros.

9.6. Derechos: El USUARIO podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición de sus datos. En determinadas circunstancias, los interesados podrán solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente los conservaremos para el ejercicio o defensa de reclamaciones.

Cuando sea técnicamente posible, el interesado podrá solicitar la portabilidad de sus datos a otro responsable del tratamiento.

Tales derechos podrán ejercitarse por cada USUARIO, indicando la petición en que se concreta la solicitud, de la siguiente manera:

  • Enviando la solicitud a través de un email a infomabaker.es haciendo referencia al SORTEO.

Asimismo, el USUARIO deberá comunicar a MaBAKER® cualquier modificación de los datos personales aportados en virtud del presente documento.

9.7 MaBAKER® tiene presencia en portales y servicios de terceros a través de las redes sociales, como: Facebook, Instagram, etc.. Es probable que estas redes sociales tengan sus propias políticas de privacidad, mediante las cuales le explicarán cómo utilizan y comparten su información personal. Le recomendamos revisar detenidamente las políticas de privacidad antes de utilizar estos sitios web para estar seguro de que está conforme con la forma en la que su información personal se recopila y comparte.

 

10.- Modificaciones y/o anexos.

10.1. EL ORGANIZADOR de esta promoción, se reserva el derecho de efectuar cambios que redunden en el buen fin de la Promoción, modificar, ampliar e introducir anexos referidos a las condiciones de la presente promoción en cualquier momento e incluso su posible anulación, cancelación o suspensión, antes de la fecha de cierre de la campaña, comprometiéndose a notificar con suficiente antelación las nuevas bases, condiciones o en su caso la anulación definitiva por causa mayor.

 

11.- Reserva de derechos.

11.1. La participación en la promoción supone la aceptación expresa y sin reservas de las presentes bases.

11.2. El incumplimiento de cualquiera de estas bases por parte del participante, determinará su inmediata descalificación.

12.- Aceptación de bases.

12.1.  Las presentes Bases de la Promoción se rigen por la Legislación española.

12.2.  Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de estas Bases será resuelta por los Juzgados y Tribunales de Madrid a la que se someten las partes, con renuncia a cualquier otro que les pudiera corresponder.

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